Microempresas: Podrán cancelar parte de las contribuciones patronales con el impuesto sobre débitos y créditos bancarios
Desde la Comisión de Asuntos Tributarios, CAME informa que mediante la resolución general 5405, la AFIP reglamenta el mecanismo para que las microempresas puedan computar hasta un 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operaciones efectivamente ingresado, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales, de acuerdo con lo dispuesto por el decreto 394/2023.
Al respecto, la AFIP establece que los empleadores caracterizados con el código “272 – Micro Empresas Ley 25.300” en el servicio denominado “Sistema Registral” al último día del mes en que se devenguen las contribuciones de seguridad social en las que se aplicará el beneficio, podrán computar hasta un 30% del importe correspondiente al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias que les hubieran percibido a partir del 31 de julio de 2023, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales con destino al SIPA.
La caracterización con empleador se puede consultar accediendo con clave fiscal al servicio “Sistema Registral”, opción consulta/datos registrales/caracterizaciones.