Tras más de 100 días, el sector comercial vuelve a abrir sus puertas al público

A partir de este sábado 25 de julio, locales y galerías comerciales vuelven a abrir sus puertas tras haber estado con sus persianas bajas por más de 100 días. El gobierno provincial, junto a intendentes y referentes del sector Pyme, rubricaton el Decreto 843/2020, norma que regulará el Plan Desescalada hacia la nueva normalidad en contexto de aislamiento social.

Cabe destacar que la nueva normativa incluye puntos específicos a tener en cuenta por el sector comercial, y las mismas se detallan a continuación:

-El horario de atención al público para todos los rubros no esenciales que vuelven a abrir sus puertas es dentro de la franja de 8 a 20 horas, de lunes a sábado. Las excepciones serán las mencionadas a continuación.
-Agencias de turismo podrán operar de 8 a 16 horas.
-Gimnasios solo para personas que lo requieran por prescripción médica, de 9 a 18 horas.
-Servicios y actividades profesionales de 8 a 18 horas.
-Gastronomía, bares y restaurantes, por el momento solo podrán operar con retiro en puerta o delivery hasta la 1 am.

El presidente de nuestra entidad, Martín Giménez, comunicó a los socios que de 8 a 9 horas será el horario de prioridad en la atención para toda aquella persona que constituya el grupo de factores de riesgo, esto no quiere decir exclusividad. En cuanto al sistema de turnos, el mismo debe ser utilizado por los rubros de peluquería, barberías y ópticas, por lo que los demás rubros comerciales no necesitan usar este sistema.

Por otra parte, el presidente de la Cámara, aclaró que el protocolo sanitario general de la normativa indica recomendaciones y exigencias en pos de respetar el distanciamiento social de 2 metros entre personas, el uso obligatorio de tapabocas tanto para el personal de trabajo como para los clientes, higiene permanente de manos y superficies, ventilación de los espacios de atención, turnos rotativos para el personal y evitar la aglomeración de personas en el comercio.

En tanto, Giménez hizo aclaraciones sobre algunas actividades con protocolo especiales a tener en cuenta, las mismas son:

-Rubro calzados: es obligatoria la desinfección de manos con alcohol antes y después de probarse el calzado; también, se deben sanitizar las bolsas antes de entregar la compra al cliente.
-Indumentaria: están prohibidos los probadores y las bolsas y envoltorios de productos, deben ser sanitizados antes de ser entregados al cliente.
-Peluquerías, barberías y gimnasios: deben operar con los protocolos específicos detallados en el Anexo 1 de la nueva normativa.
Todos los establecimientos deben indicar en su ingreso el número máximo de público que puede permanecer dentro en forma simultánea. El cálculo que se debe hacer es de 1 persona cada 15 metros cuadrados del espacio destinado para la atención al público.

Desde nuestra entidad, se ha confeccionado la cartelería para el ingreso e interior de los locales. La misma no tiene ningún tipo de costo para socios y podrán ser retiradas a partir del lunes 27 de julio en nuestras oficinas ubicadas en Juan Domingo Perón 111, 1° piso. Los horarios de atención serán de 8 a 13 horas y de 16.15 a 20 horas de lunes a viernes.

Para acceder al Decreto 843/2020, haga clic en el siguiente enlace: DECRETO 843

Fecha de publicación: 25-07-2020.-