Mecanismo de pre-inscripción al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

Desde nuestra entidad queremos recordar que, desde el lunes 13 de abril al miércoles 15 de abril, se encuentra disponible el operativo el mecanismo de preinscripción a los beneficios contemplados en el Decreto 332/20 y su modificatorio (Decreto 347/20) destinados a Entidades y MiPymes, Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), con el objetivo de amortiguar el impacto económico del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Los empleadores y empleadoras interesados en inscribirse al programa podrán hacerlo hasta el miércoles 15 de abril inclusive en el sitio web de AFIP utilizando su clave fiscal, sin importar la actividad que desarrollen ni la cantidad de empleados y empleadas con los que cuenten.

Mediante esta registración, las entidades y MiPymes alcanzadas pueden acceder automáticamente a una prórroga por dos meses del pago de sus contribuciones patronales, correspondientes a marzo que vencían en abril (Ver Circular CAME con más detalle al respecto).

A partir del día lunes 13 de abril, adicionalmente a esta prórroga en el pago de las contribuciones patronales, la AFIP solicitará a cada empresa inscripta en este registro datos económicos para determinar cuáles son los demás beneficios contemplados en el Decreto 332/20 a los que podrá acceder.

Durante el procedimiento de registro, el Ministerio de Trabajo y la Anses serán autorizados por los empleadores para compartir información con la AFIP, con el fin de facilitar y reducir la carga burocrática. El organismo requiere este permiso para que las empresas no se vean en la necesidad de realizar una presentación adicional ante las dependencias encargadas de canalizar el pago de los REPRO y la asignación compensatoria al salario, dos de los beneficios previstos en el programa.

Adicionalmente, AFIP requerirá los datos de facturación por ventas. Los empleadores deberán reportar los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020 y, deberán completar además el monto total para ambos años (también se podrán descargar un modelo de planilla para adjuntar información desagregada). A las empresas con más de 100 trabajadores se les requerirán datos financieros básicos en carácter de documentación complementaria.

Cabe destacar además de lo antedicho, que los empleadores y empleadoras que completen este registro, ya tendrán facilitado el acceso a futuras herramientas e instrumentos que se creen e implementen en el marco de esta emergencia sanitaria. Por lo que es de suma importancia que todos los interesados realicen esta preinscripción vía sitio web de AFIP con su clave fiscal lo antes que les sea posible y hasta el día miércoles 15 de abril inclusive como fecha límite.

 

Fecha de publicación: 13-04-2020.-