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Resolución Judicial: normativa sobre protección de menores.
Por la presente, cumplimos en poner en su conocimiento la notificación emanada por el Juzgado de Faltas de la Provincia, vinculada a actuaciones judiciales, referidas a la protección de la minoridad.
La misma establece la estricta prohibición y difusión de hechos o circunstancias que involucren a menores de 18 años, bajo los lineamientos de la Ley Nº 20.056.
Está estrictamente prohibido difundir, publicar o compartir imágenes, nombres o relatos de hechos que involucren a menores de 18 años.
Dicha restricción alcanza a:
• Identidad: Nombres, filiación o datos que permitan la identificación directa o indirecta del menor.
• Registros Visuales: Imágenes de cámaras de seguridad , fotografías o videos de incidentes en el local captados por dispositivos móviles.
• Medios de Difusión: Redes sociales, plataformas de mensajería (WhatsApp, Telegram), medios gráficos, radiales o televisivos.
El desconocimiento de la ley no exime de responsabilidad. Las multas por parte del Juzgado de Faltas pueden ser considerables y afectar la reputación del comercio.
Cuidemos la seguridad jurídica de nuestro comercio.


