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Información Importante: Ley de Estupefacientes

Comunicación sobre Responsabilidad Penal y Ley de Estupefacientes (Ley 23.737)

 

Compartimos información importante recibida de las autoridades competentes, relacionada con el cumplimiento de la Ley Nacional Nº 23.737 de Estupefacientes.

Es fundamental recordar que el consumo de estupefacientes en la vía pública y en espacios abiertos al público —incluyendo locales comerciales— constituye un delito. En este sentido, la normativa vigente pone especial énfasis en la responsabilidad penal de los propietarios, gerentes y encargados.

 

Puntos clave a tener en cuenta:

Facilitación de lugar: La ley reprime con duras penas a quienes autoricen o faciliten un espacio para el consumo de sustancias prohibidas.

Tolerancia del delito: La omisión o el permitir que estas actividades ocurran dentro del establecimiento sin intervención puede derivar en graves sanciones penales, multas y la clausura inmediata del comercio.

Deber de vigilancia: Como responsables del local, es imperativo mantener el control sobre lo que sucede en el establecimiento para evitar que sea utilizado para fines ilícitos.

Sugerencias de prevención:

Vigilancia activa: Monitorear áreas comunes, sectores de fumadores y sanitarios.

Comunicación clara: Notificar a los clientes, mediante cartelería o de forma verbal si fuera necesario, que el consumo de sustancias ilegales está estrictamente prohibido.

Protocolo de acción: En caso de detectar consumo, se debe solicitar al responsable que cese la actividad o se retire del lugar. Ante cualquier resistencia, contactar de inmediato a las fuerzas de seguridad.

 

La prevención es la mejor herramienta para resguardar la seguridad jurídica de su comercio y la integridad de sus clientes.