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El Día del Empleado de Comercio se traslada al lunes 29 de septiembre

Informamos que la celebración del Día del Empleado de Comercio se traslada oficialmente del viernes 26 al lunes 29 de septiembre, según acordaron los firmantes del CCT 130/75. Si bien los comercios no estarán obligados a cerrar, deberán acordar la modalidad laboral para esa jornada festiva.

Se aclara que dicha celebración no impedirá la apertura de los comercios, siempre que sean atendidos por sus propietarios o por empleados que voluntariamente acepten trabajar ese día.

De acuerdo a lo establecido por ley nacional Nº 26.541, el 26 de septiembre de cada año se celebra el “Día del Empleado de Comercio”, asimilando dicha fecha a los feriados nacionales a todos los efectos legales. Es decir que en caso de trabajar ese dia, se debe abonar doble la jornada.

 

A nivel local, el traslado de dicha celebración fue ratificada por nuestra entidad y el Centro de Empleados de Comercio.

Así lo confirmó el presidente de la Cámara de Comercio de Resistencia, Walter Bistman luego de mantener una reunión con el secretario general del Centro de Empleados de Comercio (CEC), Roque Schulz para acordar la fecha de descanso para los trabajadores del sector.

En rigor, el Día del Empleado de Comercio en 2025 coincide con el último día hábil de la semana, pero la festividad se traslada al lunes 29 de septiembre.

Al respecto, el dirigente expresó que “La remuneración es equiparable como la de un día feriado, por lo tanto la decisión de trabajar el lunes 29 de septiembre queda a criterio de cada comerciante, y si lo hace, debe abonar doble la jornada a su personal”.
Al finalizar, afirmó que “fue un encuentro productivo en el que entendemos que el diálogo y el trabajo en conjunto son las herramientas básicas que necesitamos para construir un futuro positivo para todas las partes”.

Se recuerda que la decisión sobre el esquema laboral para esa fecha queda a criterio de los empleadores y sus trabajadores, amparados bajo el CCT 130/75.